Acuerdo de Escazú
El Acuerdo Regional Sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe fue Adoptado en Escazú, Costa Rica el 4 de Marzo de 2018.
«credito DAR»
Tiene como objetivo garantizar la implementación, plena y efectiva de los derechos de acceso a la información, la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.
Es el primer tratado regional ambiental de América Latina y el Caribe que involucra a los treinta y tres países de la región y el primero en el mundo en contener disposiciones vinculantes respecto a la protección de personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales, además es el único tratado emanado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río+20).
La implementación del Acuerdo de Escazú en México representa un avance para la defensa del medio ambiente y contribuiría a que el Estado brinde la protección que requieren las personas defensoras del territorio y el medio ambiente y permitirá avanzar en el cumplimiento de leyes, la formación de instituciones y la aplicación de mejores prácticas, para avanzar hacia una gobernanza ambiental más plena.
Antecedentes
El origen del Acuerdo de Escazú está referido a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, donde se adoptó la Declaración de Río, cuyo Principio 10 indica la importancia de que toda persona tenga acceso a la información, participe en la toma de decisiones y acceda a la justicia en asuntos ambientales.
El proceso
En la Cumbre de Río +20, en junio de 2012, diez países firmaron la Declaración sobre la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. Se realizaron reuniones de preparación, acuerdos de procedimientos y compilación de temas a incluirse en el texto de acuerdo en Santiago, Guadalajara y Lima de 2012 a 2014.
Adopción y Apertura de Firma
En Noviembre del 2014 se crea el Comité de Negociación y dieron inicio las nueve reuniones de negociación que tuvieron lugar en Santiago, Panamá, Montevideo, Santo Domingo, Brasilia, Buenos Aires y San José.
El acuerdo fue adoptado el 4 de marzo de 2018 y se abrió a la firma el 27 de septiembre del mismo año en un evento especial en el marco del Debate General Anual de la 73 Asamblea General de las Naciones Unidas, se dieron dos años para recibir firmas y ratificaciones y cerró el 26 de Septiembre de 2020.
Estructura del Acuerdo
Preámbulo
Objetivo
Definiciones
Principios
Parte operativa – Disposiciones generales (art. 4)
Acceso a la Información (Art. 5 y 6)
Participación en procesos de toma de desiciones ambientales (Art. 7)
Acceso a la Justicia (Art. 8)
Defensores de DDHH ambientales (Art. 9)
Fortalecimiento de capacidades y cooperación (Art. 10 y 11) y Centro de intercambio (Art. 12)
Implementación, Seguimiento y Evaluación
Recursos
Reglas de Procedimiento
Marco Institucional
Disposiciones finales